viernes, 2 de marzo de 2012

Un Enfoque Muy Particular...



Yo me identifico plenamente con Jean-Jacques Rousseau y su obra el contrato social, que plantea en sintensis la posición de que existe un contrato entre el estado y el ciudadano, el cual trae consigo obligaciones reciprocas, esto es el ciudadano solo se puede beneficiar de ese contrato siempre y cuando cumpla con las reglas fijadas por el estado, si viola una de esas reglas automaticamente pierde el beneficio del contrato y por ende pierde los derechos que como ciudadano el estado estaba en obligacion de reconocerle mientras se encontraba vigente el contrato y pasa a ser tratado como enemigo..., por eso creo que debe existir un derecho penal del ciudadano para aquellos que sin reincidencia cometen delitos leves que no afectan bienes juridicos de relevancia y otro derecho penal del enemigo para aquellos que con su conducta atacan y lesionan gravemente bienes juridicos de relevancia en donde el Estado no estaria obligado a reconocerle ningun derecho al imputado que al final de cuenta en sistemas juridicos debiles como el nuestro solo generan impunidad, apoyo a Gunther Jakobs quien enarbola la famosa teoria del derecho penal del enemigo, aunque claro esta en la actualidad la trata con algunos matices garantistas... (es mi criterio personal)...

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