jueves, 16 de abril de 2009

UN PROBLEMA RESUELTO EN MATERIA DE ACCIDENTES DE TRANSITO


Nueva Ley regula traspaso de vehículos

La Ley 492-08 ayudará a identificar al real propietario de los vehículos objeto de venta con lo que se busca disminuir la cantidad de transferencias de ese tipo que se realizan sin tomar en cuenta el procedimiento establecido por la Dirección General de Impuestos Internos, lo que significa una merma en las recaudaciones fiscales por este concepto. La Ley facilita el descargo a los propietarios de vehículos cuando los venden aunque siga a su nombre, lo que se constituye en un beneficio para el vendedor porque ese bien ya no formará parte de su patrimonio y no tendrá que pagar impuestos por su propiedad. La Ley 492-08 dispone que cuando una persona vende un vehículo sólo tiene que pagar RD$300 por la solicitud de un registro de descargo de responsabilidad sobre el auto que acaba de vender. A partir de su entrada en vigencia se estima que la Dirección General de Impuestos Internos podrá saber quiénes han adquirido vehículos y no los han traspasado, porque tendrá una base de datos suministrada por los vendedores. De esa forma la entidad recaudadora podrá comunicarse con el comprador e invitarlo a formalizar el traspaso que paga un impuesto equivalente al 2% del valor. También ayudará a que instituciones como la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) y la Policía Nacional conozcan quiénes son los reales propietarios de los vehículos, en el caso de accidentes o cualquier infracción que se cometa.

Fuente: www.gacetajudicial.com

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